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martes, 5 de abril de 2011

Desafectación o Renuncia de Bien de Familia

DESAFECTACION O RENUNCIA DE BIEN DE FAMILIA
(Ley 339 DEL 30 DE AGOSTO DEL 1968 Y Ley 1024 del 24 de octubre del 1928)

Documentos a Depositar:

1.     Auto Designación de sala.

2.     Instancia motivada dirigida al Juez Presidente de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional + Impuestos.

3.     Titulo o Contrato de venta entre el Estado y el Propietario.

4.     Certificación de no oposición de la entidad Estatal que concedió el bien si no hay titulo aun.

5.     Copia de la cedula del propietario del inmueble y en caso de que estuviere casado (a), también la copia de la cedula del cónyuge o de la cónyuge.

6.     Acto de Renuncia de Bien de Familia conforme al Art. 2 de la ley 339 y la ley 1024, debidamente registrado y legalizado.


Base Legal:

Artículos 14 y 19 de la Ley No. 1024 Sobre Constitución de Bien de Familia inembargable, de fecha Veinticuatro de Octubre  del año 1928, el articulo 2 de la Ley 339 de Renuncia de Bien de Familia de fecha 30 de agosto del año 1968.