Una inquietud que muchos tienen, que talvez con este comentario, pueda ser que entiendan...
Hoy me despertó el sonido de mi celular y cuando observo es un cliente, al descolgarlo me pregunta:
Licenciada me pasó el siguiente caso y quiero que me dé su opinión: Una compañía de las que ofrecen servicios de teléfonos ingresó mi nombre en DataCrédito (Bureau de información crediticia), por una supuesta deuda de nada mas y nada menos que de RD49,000.00 en el año 2006.
Pero no es hasta hoy que me entero de esto, y cuando me comunico con ellos, ellos dicen que van a averiguar, y efectivamente me reconocen que dicha deuda no es mía, que ellos procederán a remitirme una carta de que realmente no les debo nada, y que se iniciará el proceso de eliminarme del bureau (lo cual por demás tarda unos 6 meses).
Qué cree de ésto? Se puede demandar por eso?
A lo que le respondí: Qué daño le provocó estar en DataCrédito durante 5 años por una deuda que no era suya?
El me respondió: Ninguno.
Pues le digo que SI NO HAY DAÑO, NO HAY RESPONSABILIDAD. Y por ende no se puede demandar porque no hay causa para lo mismo.
Es preciso recordar que si no hay daño, no hay nada que demandar.
Espero hayan comprendido.
Saludos....