martes, 5 de abril de 2011

Desafectación o Renuncia de Bien de Familia

DESAFECTACION O RENUNCIA DE BIEN DE FAMILIA
(Ley 339 DEL 30 DE AGOSTO DEL 1968 Y Ley 1024 del 24 de octubre del 1928)

Documentos a Depositar:

1.     Auto Designación de sala.

2.     Instancia motivada dirigida al Juez Presidente de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional + Impuestos.

3.     Titulo o Contrato de venta entre el Estado y el Propietario.

4.     Certificación de no oposición de la entidad Estatal que concedió el bien si no hay titulo aun.

5.     Copia de la cedula del propietario del inmueble y en caso de que estuviere casado (a), también la copia de la cedula del cónyuge o de la cónyuge.

6.     Acto de Renuncia de Bien de Familia conforme al Art. 2 de la ley 339 y la ley 1024, debidamente registrado y legalizado.


Base Legal:

Artículos 14 y 19 de la Ley No. 1024 Sobre Constitución de Bien de Familia inembargable, de fecha Veinticuatro de Octubre  del año 1928, el articulo 2 de la Ley 339 de Renuncia de Bien de Familia de fecha 30 de agosto del año 1968.

6 comentarios:

Robles & Asocs... dijo...

SALUDOS SEÑOR , TENGO UNA PREGUNTA, SI MI PAPA MURIO , COMO SE PODRIA DESAFECTAR EL BIEN DE FAMILIA DE UN PARCELA QUE LE OTORGO EL ESTADO , HACE MAS DE 35 AÑOS

Unknown dijo...

Si quiero quitar la cláusula simple y llanamente de un certificado de título,cuál curia la motivación en el acto de renuncia de bien de familia,y en la instancia??

Unknown dijo...

Buenas, como puedo desafectaar un bien de familia si el propietario y el cónyuge murieron ambos .

Unknown dijo...

Como puedo desafectar un inmueble si el propietario y el cónyuge murieron. ( un buen fe familia)

Unknown dijo...

Que hay que hacer cuando en Títulos aparece unas determinadas porción de terreno declarada como bien propios entre los cónyuges.

Unknown dijo...

Los cónyuges ya murieron